La Autonomía universitaria.

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Luis Raúl González*

 

 

La Universidad Nacional Autónoma de México tiene el compromiso de ser parte de la formación de México. Esta es su razón de ser.

La Universidad Nacional no se limita a preparar hombres versados en las ciencias, las humanidades, o las artes; ni se conforma con preparar técnicos competentes. Su función es dar alma al cuerpo del conocimiento; hacer de la instrucción, educación, y del esfuerzo intelectual, verdadera cultura. Esos fueron los deberes originales que asumió la Universidad Nacional de México, mismos que fortaleció, asegurando su libertad, cuando obtuvo su calidad de autónoma.

La autonomía le fue reconocida a la Universidad Nacional de México en la Ley Orgánica de 1929, y fue elevada a garantía institucional con rango constitucional en 1980, con lo que se fortaleció la otorgada por la ley. De esta manera, la autonomía se convirtió en la fortaleza de la Universidad, su espíritu y su sentido.

La Ley Orgánica establece que la Universidad Nacional Autónoma de México es una corporación pública organismo descentralizado del Estado- dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales y extender con la mayor amplitud posible, los beneficios de la cultura.

Precisamente, para el cumplimiento de sus fines se le doto de autonomía, misma que se conforma con cuatro aspectos esenciales: autorregulación, autodeterminación académica, autogobierno y autogestión administrativa. Estos aspectos se desglosan de la siguiente manera:

  • Facultad de autorregulación: implica que la universidad pública aprueba internamente la legislación y normatividad que regula sus relaciones internas, siempre que se ajusten al orden jurídico nacional
  • Facultad de autodeterminación académica: implica que la universidad pública fija libremente sus planes y programas de docencia, de investigación y de difusión de la cultura; asimismo, establece los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico,
  • Facultad de autogestión administrativa: implica que la universidad pública tiene libre manejo del presupuesto asignado por el Poder Legislativo y de los ingresos por sí misma generados, aunque debe observar las disposiciones en materia de rendición de cuentas y de transparencia en la información, tanto al interior como al exterior de la institución universitaria
  • Facultad de autogobierno: implica que la universidad pública establece su propio esquema de gobierno, en el que se incluyen los procesos para la designación de sus autoridades.

De esta manera, el principio de la autonomía universitaria es la garantía constitucional o garantía institucional establecida en la Constitución a favor de la universidades públicas a fin de que cuenten con el blindaje jurídico-constitucional necesario para el cumplimiento de las funciones y responsabilidades asignadas en las materias de docencia, investigación y difusión de la cultura, dentro del fin superior de alcanzar el desarrollo optimo del derecho a la educación.

Los beneficios de la autonomía universitaria son institucionales y nacionales.

Los primeros, en cuanto a la formación de profesionales de calidad y a la sólida conformación de los cuadros universitarios de investigadores y de difusores de la cultura. Así, los beneficiarios directos son los integrantes de la comunidad universitaria al recibir enseñanza profesional con un tamiz estrictamente científico y al realizar investigación con plena libertad académica.

Los segundos, en cuanto a que la universidad pública está obligada a realizar sus fines teniendo presente, a manera de condicionante, la búsqueda de soluciones para los grandes problemas nacionales y con ello ser coadyuvante ineludible del desarrollo del país (responsabilidad social). En este sentido, la sociedad en general es beneficiaria directa, al incorporar en su proceso de desarrollo económico, social y cultural a profesionistas altamente capacitados y con marcada conciencia social en las distintas instituciones y áreas de los sectores público, privado y social, en los que se requiere la toma constante de decisiones.

Por lo anterior, es fundamental que los universitarios defendamos la autonomía universitaria y hagamos uso de ella de manera adecuada sin desviarse de los fines que le son propios.

*El autor ha sido Profesor de Garantías Constitucionales en la Facultad de Derecho de la UNAM y fue Abogado General en la misma. Actualmente es Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

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