Perfilan palomeo de SCNJ a reforma fiscal

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se dispone a completar su aprobación casi total a la reforma fiscal del Presidente Enrique Peña Nieto.

La Segunda Sala de la Corte tiene previsto discutir el 5 de octubre proyectos de sentencia que rechazan los argumentos contra los topes a las deducciones para personas físicas, la aplicación a éstas de tasas de hasta 35 por ciento del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y la eliminación de los regímenes Simplificado y de Pequeños Contribuyentes.

Estas sentencias se sumarían a fallos recientes de la Sala en favor del tope a deducciones de prestaciones sociales que pagan las empresas, Buzón Tributario del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la obligación de llevar contabilidad electrónica, amén que está pendiente votar un proyecto que avala el impuesto sobre alimentos chatarra.

«No existe un derecho constitucionalmente tutelado a que el legislador conceda una exención tributaria, un beneficio o un incentivo fiscal determinado.

«Así como tampoco a que se impida el ejercicio de la facultad legislativa de acotar o eliminar los existentes», establece uno de los proyectos, al avalar el tope a deducciones personales.

Dicho tope es de hasta 5 salarios mínimos anuales, unos 133 mil pesos, o 15 por ciento del ingreso de la persona, lo que resulte menor, y es lo que se puede deducir por gastos en educación, seguros médicos y funerarios.

También se rechaza que se atente contra tratados internacionales que prevén el derecho a un «mínimo vital» para las personas.

«Las deducciones personales de las personas físicas, al no cumplir con el requisito de estricta indispensabilidad para la generación del ingreso, no son del tipo de erogaciones que el legislador debe reconocer para acatar el principio de proporcionalidad tributaria», explican los proyectos.

Elaborados por una comisión de secretarios que coordinó el Ministro Fernando Franco, los proyectos también niegan que exista inequidad porque las personas morales paguen tasa fija de ISR de 30 por ciento, mientras que las personas físicas pueden pagar hasta 35 por ciento, pues se trata de contribuyentes distintos.

Además, se aprueba que las ganancias por ventas de acciones, antes exentas, se graven con tasa de sólo 10 por ciento, pues los inversionistas están sujetos a riesgos de pérdidas que no existen para los asalariados.

En cuanto al Régimen Simplificado, vigente desde 1990 y hasta 2013 para las industrias pesquera, agrícola, silvícola, ganadera y de autotransporte, los proyectos reconocen el derecho del Congreso para eliminar estos beneficios cuando considere necesario.

Fuente: https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/1268080.perfilan-palomeo-de-scnj-a-reforma-fiscal.html

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