La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma el Código Civil Federal, para incluir a los medios tradicionales y electrónicos como una herramienta más que se puede usar para realizar actos o imputaciones sobre una persona que causen daño moral. Quién las use con este objeto estará obligado a ejercer la reparación de éste.
El documento surgió de una iniciativa que el diputado Pablo Elizondo García (PRI) presentó el 5 de diciembre pasado, reforma la fracción I del artículo 1916 del Código Civil Federal, se aprobó por unanimidad, con 386 votos a favor, y se turnó al Senado para su análisis.
La Comisión de Justicia, que elaboró el dictamen, señaló que todas las personas gozan del derecho a la libre expresión, cuyo ejercicio sólo está restringido mediante la exigencia de responsabilidades ulteriores en aquellos casos en que afecten los derechos o reputación de terceros.
Por ello, consideró necesario armonizar la legislación nacional y regular con cautela los alcances del daño moral, para reparar éste y no lesionar la libertad de expresión.