¿Cómo conformar una Asociación Civil?

0
41981

Por Eric Ricardo Ramírez Álvarez.*

Cuando alguien ha decidido emprender actividades sociales, culturales, políticas, ecológicas, o de distinta índole, de manera organizada y con algunos compañeros , amigos o vecinos, uno de los primeros cuestionamientos que se hacen es cómo organizarse formalmente. Inclusive cuando apenas por la cabeza de alguien atraviesa la idea de agrupar simpatizantes a su causa en torno algún fin o proyecto, recorre por nuestra mente las siguientes interrogantes:

¿Qué es una asociación civil? ¿Cómo se inicia una asociación civil? ¿Cuál es el esquema legal idóneo para mi organización social? ¿Qué requisitos deben de cumplir las asociaciones civiles?

Recientemente sostuve un encuentro con algunas organizaciones sociales que ante estas interrogantes me pidieron les brindara mi humilde opinión legal y política para despejar todas sus dudas. Una vez cumplida dicha encomienda, es que consideré pertinente realizar este breve artículo, en donde trataremos de dejar algunos de estos planteamientos en claro, para cuando en un futuro alguien así lo requiera, esta información le sea de utilidad. Este breve esbozo se brinda con base en la experiencia que nos ha dado el participar de manera conjunta con diversas asociaciones civiles, desde su inicio, hasta sus fases más desarrolladas, como cuando elaboran proyectos para obtener recursos públicos federales o privados.

Cuando se inicia una organización no gubernamental, y ya con la clara convicción definida de perseguir un fin entre varias personas, y con algunos elementos ya definidos como el nombre, el objetivo principal, el esquema de organización interna establecido, etc, ya es suficiente para comenzar a formalizarse a través de los lineamientos legales establecidos.

¿Qué es una asociación civil?

Según el Código Civil FederalCuando varios individuos convinieren en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico, constituyen una asociación.”

¿Qué requisitos deben de cumplir las asociaciones civiles?

  1. Los requisitos mínimos para su constitución es que sea mediante un acta constitutiva debidamente registrada ante un notario público (en la entidad federativa que corresponda) , con sus respectivos estatutos por los cuales regirá su vida interna.
  1. Además de lo anterior, se deberá solicitar una Autorización de uso de denominación o razón social a  la Secretaría de Economía del Gobierno Federal. Ésta es la resolución que emite dicha dependencia gubernamental  para usar tu denominación o razón social solicitada. Las denominaciones o razones sociales son las palabras y caracteres que conforman el nombre de una sociedad o asociación, que permiten individualizarla y distinguirla de otras, sin considerar su régimen jurídico, especie, ni modalidad. Por ejemplo: Amigos por la ecología AC, Estudiantes por la democracia del Estado, Unidos por los derechos de los animalitos, Empresarios impulsando el desarrollo del país,  y un largo etcétera (nombres ejemplificativos)
  1. La forma legal de la agrupación puede variar según el objetivo que persigue, puesto que si se tratara de alguna asociación de beneficencia, además de los requisitos anteriores, debería sujetarse al régimen especial que le corresponde. En donde pueden encontrar algunas variantes como la inscripción al RFC para ser susceptible de donaciones, o al Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, si es que se pretende recibir recursos del Gobierno Federal(Para mayor información consultar página del INDESOL)

Aquí aprovecho para compartir un tip: es muy común que las Asociaciones Civiles inician sus trámites de formalización, y cuando en una etapa más desarrollada buscan acceder a recursos federales o diversos tipos de esquema de apoyo gubernamental, tienen que regresar al notario público con el que se constituyeron para que adapten su acta constitutiva a los lineamientos que se requieren para dichos financiamientos. Por ello es importante desde un principio tener una planificación y organización tal, que permita desde el inicio saber hasta dónde se pretende llegar como agrupación, para que desde el comienzo se cubran los requisitos indispensables, y así evitar el doble costo que implica el rectificar un acta constitutiva con el pago respectivo de los honorarios y trámites notariales.

En conclusión, ¿Qué ventaja me brinda el ser una Asociación Civil?

Independiente de cuál sea el objetivo que persigues, al ser una organización formal, encontrarás mayor seriedad en el trato que te brinden diversos actores: desde los medios de comunicación, hasta los servidores públicos. Lo anterior sin incluir el hecho de que puedes ser susceptible de apoyos económicos para tu causa. Por ello es siempre recomendable hacer el esfuerzo por formalizarse, con todo y los trámites y costos que ellos impliquen. En el costo-beneficio, por así decirlo: se pagan solos. Y para quienes siguen fines eminentemente políticos, desde luego que con un esquema formal sientan un excelente precedente para ir más allá, como puede ser una candidatura independiente, como ya lo hemos comentado previamente (http://politicainteligente.com.mx/tercer-sector) , por la capitalización política de la causa que promueven.

*El autor es Abogado por la UNAM. Titular y fundador de www.asesoriajuridicainteligente.com ;  Actualmente Presidente de la Sociedad de Exalumnos de la Facultad de Derecho de la UNAM, «Derecho por México». 

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here